Con el paso de los años, hay ciertos trámites que conviene revisar y las situaciones difíciles de nuestra vida no son una excepción. Es inevitable que tras la pérdida de un ser querido, haya que iniciar procesos. Por ejemplo, la herencia y la deuda de un fallecido. Pero, ¿Puede un acreedor reclamar la deuda de un fallecido en 2020?
Cómo gestionar la deuda de un fallecido
Primero vamos a definir para que todo el mundo entienda lo que es un acreedor.
“Persona Que tiene derecho a pedir que se cumpla una obligación, especialmente que se le pague una deuda.”
Es decir, un acreedor tiene la posibilidad de pedir la devolución de su capital a los herederos del difunto con deudas. Según el Código Civil español, cuando una persona fallece, en su herencia se comprenden todos los bienes, derechos y obligaciones. Generalmente solo te sueles fijar en los bienes y derechos, pero debes tener en cuenta que las obligaciones también se heredan. Por lo que, las deudas forman parte de la herencia y se transmiten a los herederos.
En la actualidad, ¿cómo se reclama la deuda?
La legislación española no ha cambiado desde 2018 y sigue dictando que la reclamación monetaria pendiente pueda dirigirse contra la herencia del fallecido. Una vez el acreedor efectúa la reclamación de la deuda a la persona fallecida, debe localizar primero a sus herederos.
- Herederos conocidos. El acreedor puede reclamarles directamente las deudas pertinentes. Entre las acciones que se pueden solicitar en caso de impago de la deuda se encuentra la de iniciar una demanda en el juzgado o solicitar un embargo a los herederos.
- Herederos desconocidos. También se puede iniciar una demanda judicial a los desconocidos herederos solicitando al juzgado una copia en notaría del testamento. Cuando se tenga el documento y se sepa con seguridad los herederos podrá llevarse a cabo la tramitación. Aunque estos aún no hayan recibido la herencia correspondiente, se puede dar paso a abrir un proceso judicial mediante una demanda a los herederos y la masa patrimonial que les pertenece.
Seguros que ayudan a los acreedores
Existen una serie de seguros que pueden cubrir de forma fiable los riesgos de impago o insolvencias concursales. Los conocidos seguros de créditos, permiten transferir las deudas impagadas a un tercero. El seguro de crédito proporciona seguridad a las empresas contra las posibles pérdidas por impagos. En general, el seguro de créditos ofrece 3 servicios:
- La prevención de impago de facturas.
- La indemnización en casa de incobrables.
- El recobro extrajudicial y judicial de la cantidad impagada.
Durante los últimos años la contratación de seguros de créditos ha seguido aumentando, ya que las empresas son más sensibles a los riesgos que supone no estar protegido por los impagos de sus clientes.
Funeraria Magdalena hacia la “nueva normalidad”
La situación es delicada y debemos seguir las recomendaciones que nos indican los expertos. Como el resto de negocios, cumplimos estrictamente con las medidas y la información oficial publicada en el BOE para ver cómo avanza el sector funerario en el contexto de funerales y velatorios. En Funeraria Magdalena seguimos trabajando por ofreceros el mejor servicio con la máxima seguridad para vosotros y nuestros empleados. Recuerda que puedes comprobar nuestras esquelas la magdalena y los funerales hoy en Castellón en nuestra página web. Si tenéis alguna urgencia, estaremos disponibles y operando con el correspondiente protocolo las 24 horas en:
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