Uno de los primeros trámites que deberás gestionar cuando un familiar fallezca es el Certificado de Últimas Voluntades. Se trata de un documento que acredita si una persona ha dejado testamento o no, y ante qué notario se realizó la firma. Su finalidad es la de facilitar la tramitación de la herencia. Teniendo ese documento, los herederos del testamento pueden solicitar al notario una copia autorizada para poder comenzar. Este documento o certificado posee carácter público y cualquier persona podría solicitarlo si es heredera o demuestra un interés permitido por la ley en el testamento.
Dónde se solicita el Certificado de Últimas Voluntades
Este certificado se puede pedir en:
- Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. Lo puedes realizar haciendo clic aquí. Concretamente, dentro del área de Trámites y gestiones personales. También puedes descargar el modelo de solicitud 790.
- Registro Civil
- Oficina Central de Atención al Ciudadano
Cómo se pide el Certificado de Últimas Voluntades
Existen dos maneras de solicitar este documento:
Cómo obtener el Certificado de Últimas Voluntades, uno de los primeros trámites que deberás gestionar cuando un familiar fallezca.
- De forma presencial. Te pedirán el impreso 790 y deberás presentarlo en cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. También es válido entregarlo en la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
- Por Internet. A través de la página del Ministerio de Justicia.
Documentación a presentar
Para realizar el Certificado de Últimas Voluntades se necesita:
- El modelo de solicitud 790 (recordamos que se puede solicitar a través de Internet).
- El DNI o Documento Nacional de Identidad de la persona fallecida.
Tasas que hay que pagar por el Certificado de Últimas Voluntades
Como muchos otros trámites, al solicitar el Certificado de Últimas Voluntades es necesario abonar una tasa, que en este caso es de 3,78€ (3,74€ en 2018).
Si el abono de la tasa se realiza en España, hay que mostrar el impreso 790. Rellenado en el banco en el cual se abone la tasa. Podrás encontrar el listado de bancos o entidades financieras donde poder abonar la tasa en el mismo impreso (790).
- Si se paga una cantidad diferente a la tasa, el banco no podrá devolverte el importe. La única solución posible está en solicitar su reintegro. Entonces abrirán un expediente de devolución de los ingresos denominados indebidos.
- Si este proceso se realiza desde el extranjero, tiene que acudir a una entidad financiera española que esté incluida en el impreso 790. Y además que disponga de una sucursal en el país donde reside. Otra forma de abonar las tasas del Certificado de Últimas Voluntades es mediante una transferencia bancaria.
Cuánto tiempo tarda el Certificado de Últimas Voluntades
El Certificado de Últimas Voluntades ha de solicitarse una vez haya transcurrido 15 días hábiles a partir de la defunción. En cuanto al periodo de emisión, puede tardar unos 7 días en expedirse después de haber realizado la solicitud.
La razón de por qué es lo primero que hay que hacer
Este certificado nos permite poner en marcha la tramitación de la herencia y, además, conocer quiénes serán sus allegados. De esta manera, se iniciará el proceso de traspasar el patrimonio heredado.