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Impugnar un testamento

impugnar un testamento

La impugnación de un testamento ocurre cuando uno o varios herederos no están conformes con lo que el testador ha establecido y solicitan un cambio o su nulidad. Pero no se trata solo de no estar de acuerdo, tiene que haber alguna causa recogida en el Código Civil.

Causas para impugnar un testamento

El Código Civil recoge una serie de causas por las que un testamento podrá ser impugnado:

  • El testamento no incluye a un heredero forzoso o legitimario

Hay que tener en cuenta que la herencia en España se divide en tres partes: la legítima, la mejora y la libre disposición. El testador no puede privar a los herederos forzosos de su legítima, así que, si alguno de ellos no es nombrado en el testamento, este se podrá impugnar.

Esta exclusión puede ocurrir intencionalmente porque el testador no quiso que un heredero recibiera sus bienes. Pero también puede ser involuntaria, es el caso de hijos nacidos después de haber realizar el testamento o el caso de hijos que el testador desconocía.

  • No respetar las cuotas de las particiones establecidas por la ley

La parte legítima debe ser repartida a partes iguales entre los herederos forzosos. Si uno de ellos considera que el reparto no se ha realizado de acuerdo con la ley, tendrá derecho a impugnar el testamento.

  • Desheredar injustamente a un heredero

Para desheredar a un heredero deben cumplirse unas condiciones que establece la ley. Si una persona considera que ha sido desheredada de forma injusta, tendrá derecho a impugnar el testamento.

  • Incapacidad del testador

Si la persona que realiza el testamento no tiene capacidad legal para otorgar el testamento, puede ser motivo de impugnación. Esto sucede cuando la persona es menor de 14 años o cuando no esta en plenas facultades mentales.

  • Testamento realizado bajo amenaza, violencia o coacción

El testamento puede ser impugnado si se prueba que el testado estaba sometido a algún tipo de amenaza, intimidación o violencia cuando lo redactó. El Código Civil considera estas actitudes como extorsión ya que obligan a realizar un acto jurídico en contra de su voluntad.

  • Defectos de forma en la redacción del testamento

Un testamento se puede otorgar mediante testamento abierto, cerrado u ológrafo. En los dos primeros el testador manifiesta su voluntad ante un notario, con la diferencia de que el abierto lo redacta el notario y el cerrado el testador. Mientras que en el testamento ológrafo no es necesaria la intervención del notario y lo redacta el propio testador.

Los tres tipos de testamento deben realizarse cumpliendo los requisitos formales, de lo contrario, podrán ser impugnados.

 

Procedimiento para impugnar un testamento

Si un heredero reconoce que el testamento presenta alguna condición que pueda ser motivo de impugnación, podrá presentar una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de la localidad en la que ha fallecido el testador.

Como la solicitud de impugnación deberá ser justificada, será necesario presentar la documentación que confirme el motivo expuesto donde será obligatoria la presencia de un abogado y un procurador.

 

 Plazo para impugnar un testamento

El plazo es de 15 años y se cuentan desde que el heredero recibió la copia autorizada del testamento que impugna o desde el fallecimiento del testador.

 

¿Quiénes pueden impugnar el testamento?

Según la ley, podrán impugnar el testamento los herederos legales o forzosos y los que han sido favorecidos en testamentos anteriores del mismo testador.

Por el contrario, no pueden impugnar el testamento las personas que han reconocido su validez de forma expresa o tácita.

Si necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros.

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